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Donaciones y beneficios fiscales

Donaciones y beneficios fiscales

La ley del 26 de diciembre de 2002, se promulgó en España una nueva Ley de Mecenazgo con el objetivo de incentivar la participación de la sociedad, las entidades sin fines de lucro y de los particulares en la protección, apoyo y realización de actividades de interés general. Para lograrlo, esta nueva normativa mejora el tratamiento tributario de los donativos, las donaciones y las aportaciones que particulares o empresas hagan a favor de estas entidades sin ánimo de lucro.

La Fundación Goteo, entidad que gestiona la plataforma Goteo.org, se encuentra en condiciones de disfrutar de dichos beneficios fiscales, ya que posee la acreditación necesaria del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, a estar inscrita en el  Registro de Fundaciones el 16 de enero del 2012 con el número 1438, según lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.  

Los fines de la Fundación Goteo son:

" Impulsar el cambio social y cultural a través del fomento y el desarrollo de la cultura del código abierto, el conocimiento libre, el procomún y las Tecnologías de la Información y Comunicación, dando soporte de naturaleza asistencial y formación a individuos o iniciativas que comparten o desean compartir recursos, información, conocimiento de interés general, como también beneficiarse de los resultados impartidos; realizando formación y asesoramiento a entidades públicas y privadas para que publiquen, abran o liberen información y datos significativos para la sociedad; fomentando el espíritu emprendedor, así como el apoyo a la creación de empresas prioritariamente basadas en el conocimiento, la creatividad y la innovación social y cultural; desarrollando y gestionando herramientas que faciliten a estas iniciativas conseguir los recursos y la colaboración o participación de la sociedad civil, del sector público y privado necesarios para su desarrollo; manteniendo y difundiendo repositorios de información con licencias libres o/y abiertas accesibles en Internet para quien los necesite."

Para las aportaciones realizadas por personas físicas: Las aportaciones, donativos o donaciones que las personas físicas destinen a la Fundación Goteo, darán derecho a una deducción del 25% de la cuota íntegra del IRPF.

Para las aportaciones realizadas por personas jurídicas: Las aportaciones, donativos o donaciones que las personas jurídicas destinen a la Fundación Goteo darán derecho a una deducción del 35% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades.

Para efectuar el Certificado de Donación correspondiente consulta la siguiente FAQ:  https://goteo.org/faq/investors#q112. Para cualquier duda puedes contactarnos a donate@goteo.org